Correcciones al modelo económico
Ha finalizado en el Congreso Nacional un largo proceso de aprobación de aproximadamente 60 reformas a la Constitución de 1980. En ellas se contempla una serie de adecuaciones al funcionamiento del poder político, básicamente referidas a la integración del Parlamento y a la gestión de otros entes públicos, de naturaleza claramente estatal, debiendo resaltar que en dichas reformas no se altera en modo alguno el contenido económico de la Carta Fundamental. Por otra parte, el Banco Central ha celebrado recientemente sus 80 años de vida y su presidente, Vittorio Corbo, analizando la evolución histórica del instituto emisor, ha afirmado que la creciente solidez financiera y la creación de un Banco Central autónomo, con un claro mandato de velar por la estabilidad de precios y los pagos internos y externos, ha permitido avanzar en forma más definitiva en el control de la inflación. A este respecto hay un sustrato esencial que sustenta estos dos hechos noticiosos de los últimos días. Ambos – tanto las reformas como el Banco central – se han desarrollado en un contexto de plena vigencia de la Constitución Económica chilena. En efecto, durante la tramitación de las reformas recientemente aprobadas, ningún sector político debidamente representado, siquiera insinuó la posibilidad de reformar el Art. 19, N° 21 del texto de 1980, que consagra el derecho a desarrollar cualquier actividad económica licita, y por cierto, lo propio ocurrió con los mecanismos de defensa de ese derecho fundamental. Del mismo modo, la existencia de un Banco central autónomo, contenido en un capitulo especifico de la carta constitucional, ha generado en la practica las condiciones de estabilidad necesarias para consolidar la estrategia de crecimiento y desarrollo económico de nuestro país. El actual escenario electoral encuentra a Chile en un consenso macizo y certero acerca de la plena vigencia de la opción económica fundamental contenida en la Carta de 1980. Sin embargo, ya hay voces que han propuesto revisar la vigencia de esta opción constitucional económica, en aras de generar una preferencia por un estado mas fuerte e interventor, y con un mayor grado de restricciones a la libertad económica, ese valor del que durante tantos años se desconfió ideológicamente en Chile, pero que ha sustentado el desarrollo actual y las proyecciones para los años venideros. La experiencia de más de dos decenios y el reciente proceso de reformas constitucionales indican que los aspectos económicos contenidos en la constitución de 1980 representan mayoritariamente el sentir de los chilenos, habituados hoy a la libertad, al consumo y a la libre elección de bienes y servicios. De ahí entonces que la prudencia deba reinar en las propuestas presidenciales que por estos días se analizan, puesto que las expectativas de confianza para inversionistas nacionales y extranjeros dependen fundamentalmente de los grados de realismo y seriedad que sustenten los programas económicos presidenciales.
CMG
