Expansión tributaria y Derechos del contribuyente
Casi finalizando las vacaciones el país se sorprendió con la puesta en marcha del procedimiento de reavalúo de bienes raíces – ya anunciado - por el Servicio de Impuestos Internos. A medida que la ciudadanía – normal y mayoritariamente ajena estos temas, ya sea por la materia y en razón de la época del año – se fue informando sobre las modificaciones de los avalúos y de los procedimientos de reclamo, se conocieron algunas situaciones de tasaciones que habían excedido aun el valor comercial del inmueble, y consecuenciales alza en el impuesto territorial que excedían incluso el 50% de los montos originales. Luego, a primera vista, son dos aspectos que inciden en la problemática del reavalúo: 1) Por una parte, el empleo del mecanismo de ajuste de valores inmobiliarios como estrategia de aumento del impuesto territorial, en beneficio de las municipalidades. Lamentablemente, la experiencia ha demostrado que en la medida que los Estados aplican políticas de aumentos tributarios, siempre existe un grado de desincentivo a la inversión, o bien una perdida de bienestar para los titulares de derechos de propiedad. La jurisprudencia norteamericana desde los años 80 ha venido reconociendo situaciones en que la aplicación desmesurada de las regulaciones tributarias o ambientales puede incluso constituir un grado de expropiación. En Chile, hay un antecedente histórico en la discusión tributaria que se produjo al interior de la Comisión de Estudios de la Constitución de 1980, en la cual se estimó que tasas tributarias superiores a un 50% debían estimarse confiscatorias, lo cual tal vez, siguiendo el ejemplo norteamericano, podría aplicarse precisamente a esos aumentos poco razonables de contribuciones, que aunque no son tasas en estricto rigor, suponen una merma patrimonial equivalente a ese porcentaje en los casos mas graves denunciados. Luego, nada mal hace un debate profundo entre los organismos técnicos, las universidades, y la autoridad competente para analizar si esta estrategia de aumento tributario es o no eficiente para aumentar las recaudaciones locales y si realmente cautela los derechos de propiedad de los contribuyentes. 2) Por otra parte, no es sano ni eficaz, desde el punto de vista de las garantías ciudadanas, que cada vez que se anuncian o se implementan cambios tributarios, se renueve el clamor social por la agilización del proyecto de ley de tribunales tributarios, actualmente en discusión parlamentaria. Esta es una situación que requiere urgencia practica y no solo formal, dado que el debido proceso legal para custodiar los derechos de las personas también se aplica a las materias de orden económico y tributario, por medio de tribunales independientes y especializados, y no a través del conocimiento de la propia autoridad administrativa que tasa, define, sanciona y juzga. En consecuencia, tanto desde el punto de vista de política económica – aumentos de cargas tributarias – como desde la óptica de la defensa del contribuyente – atraso en la tramitación del proyecto de tribunales tributarios – progresivamente se van debilitando los derechos de propiedad de los ciudadanos que frente a una actividad fiscal expansiva, se les reconoce más su calidad de “contribuyentes” que “personas” con derechos. El Senado se ha comprometido a trabajar en una iniciativa correctiva, estimando que se ha contrariado el espíritu original del proyecto de Rentas Municipales. Es de esperar que esta experiencia motive una real y profunda reflexión acerca de la estrategia de financiamiento fiscal y de la real protección de los derechos de propiedad de los ciudadanos para el próximo cuadrienio.
