UncategorizedApril 24, 2006 8:27 pm

El año 2002, con ocasión de la celebración de la VII reunión de ALACDE (Asociación Latinoamericana y del Caribe de Derecho y Economía) cuya sede fue en Chile la Universidad Diego Portales, escribí una breve nota que daba cuenta de los rasgos esenciales de dicho evento y además de las características mas notables del movimiento denominado Derecho y Economía o Law & Economics, en su denominación anglosajona. En estos días, cuando se aproxima la décima versión de este famoso encuentro que se llevará a cabo los próximos 19 y 20 de mayo en Buenos Aires, y cuya sede será en esta oportunidad la Universidad Torcuato di Tella, vale la pena destacar algunos aspectos interesantes, primero sobre ALACDE y segundo sobre la referida tendencia: (1) Alacde es una asociación académica a nivel internacional que pretende la difusión de las materias vinculados al Derecho y la Economía. Sus actividades han cobrado cada vez mayor relevancia, tanto desde el punto de vista de la difusión de sus eventos como del crecimiento en el número de profesores que han tomado contacto con dicha agrupación, siendo uno de los chilenos que ha formado parte de la estructura de la agrupación el profesor Rafael Mery, de la Universidad Diego Portales. Una muestra de esa difusión es la instalación - entre tanto otros dedicados al tópico - , de un sitio web creado a instancias del profesor de Berkeley Robert Cooter - mentor y entusiasta participante de estos encuentros - a través del Programa de Derecho y Economía de dicha Universidad de California, en el que es posible acceder a los trabajos presentados en la ultima reunión llevada a cabo en California el año recién pasado. (2) Respecto del Analisis Económico del Derecho, se percibe una paulatina, aunque aun tímida, incorporación en algunos programas de las escuelas de Derecho del pais de los contenidos o categorías conceptuales de esta tendencia, en algunos casos como un curso electivo especifico, o bien como una materia tratada en las áreas de regulación económica, Derecho Comercial y algunos aspectos del Derecho privado. Varios Premios Nobel avalan la importancia del Law and Economics en el mundo, tales como George Stigler, Ronald Coase o Gary Becker, reconocidos como verdaderos co fundadores de esta corriente. Aunque el enfoque general de la tendencia haya tendido inicialmente a identificarse como una proyección de los estudios sobre la teoría de la regulación y las privatizaciones, los campos de aplicación del actual análisis Económico del Derecho se han extendido hacia la criminalidad, la familia, la costos de implementación de la unificación jurídica – como es el caso de la integración europea – el uso de blogs, el enfoque económico de la litigación o de la regulación ambiental. Más que un ejercicio de especulación teórica, vale la pena considerar el análisis económico del Derecho como un eficiente mecanismo de diseño y evaluación de las políticas publicas, que en la practica permite la estructuración de decisiones de interés general a partir de metodologías que permitan acercar la génesis de la norma a la realidad. Como bien señalan Mercuro y Medema , Law & Economics no es un movimiento homogéneo en el que sea fácil definir rasgos comunes; así, es factible encontrar el tradicional enfoque de la Escuela de Chicago, la visión de Public Choice, las corrientes institucionales y neoinstitucionales, las modalidades “ behavioristas”, y otras. Las aplicaciones sobre derechos de propiedad ciertamente han resultado sumamente interesantes, llegando a constituir una fuente de riquísimas dialécticas entre los conceptos de “regulación” y “derechos de propiedad”, generando la famosa doctrina de “regulatory takings”. Las más de cuatro décadas de vigencia de la tendencia, su evolución, riquísimas polémicas y discusiones - en no menos casos con un alto contenido interdisciplinario y en muchos casos con un fuerte contenido ético - ha llevado sustancialmente a restarle la carga ideológica que muchos detractores le atribuyan, transformándolo en la actualidad en una herramienta de eficaz auxilio y evaluación de las decisiones públicas. En síntesis, una gran experiencia intelectual es que la espera a varios de quienes acudiremos a Buenos Aires los próximos 19 y 20 de Mayo a este interesante encuentro.

UncategorizedApril 6, 2006 5:39 pm

EN AYSÉN

TDLC indaga derechos de agua de Endesa

(Publicado en El Diario Financiero, 6 de abril de 2006)

Karina Ferrando C.
kferrando@diariofinanciero.cl

La solicitud presentada por la Comisión Nacional de Energía ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) para modificar un dictamen de la Comisión Preventiva Central que impide otorgar nuevos derechos de agua a Endesa en la XI Región sigue su curso.

Luego de que el empresario Víctor Hugo Puchi se hiciera parte en la causa, fundamentando su interés legítimo en la actividad productiva que desarrolla en la zona a través de las sociedades ganaderas Río Baker y Río Cochrane, el TDLC rechazó la intención de Endesa de hacerse parte en este proceso, debido a que es un procedimiento no contencioso.

La compañía había solicitado al tribunal que considerara que existe un nuevo código de aguas, además de su interés por desarrollar proyectos hidroeléctricos utilizando los derechos que posee en la zona.

Tras declarar “no ha lugar” el deseo de Endesa de ser parte de la causa, el tribunal solicitó a la Dirección General de Aguas (DGA) que informe sobre diversos aspectos relacionados con los derechos de agua que posee la empresa de capitales españoles en la XI Región.

Los informes deben contener un listado de todas las resoluciones que concedan derechos de agua a Endesa en la XI Región dictadas a la fecha, precisando el número de resolución, su ubicación y caudales. Además, tendrá que clarificar las solicitudes que Endesa tenga en trámite en la zona y el estado en que éstas se encuentran.

Otro tema que pidió aclarar el TDLC se refiere a las oposiciones que ha interpuesto Endesa a contar del 25 de noviembre de 1996 a solicitudes de derechos de agua de terceros y las resoluciones dictadas. En este sentido, Varela señaló que las sociedades que representa se vieron perjudicadas por oposiciones presentadas por Endesa.

Del mismo modo, la DGA tendrá que informar sobre la disponibilidad de recursos hídricos disponibles en las cuencas y subcuencas de la XI Región, indicando especialmente aquellas que han agotado su disponibilidad por derechos constituidos a favor de Endesa.