Contraloría y Regulación Económica
Hace pocos días ha sido elegido como Contralor General de la Republica el destacado Profesor de Derecho Administrativo don Ramiro Mendoza Zuñiga. Sobre este hecho, cabe señalar, en primer lugar que esta nominación - además de las credenciales académicas del nuevo Contralor y de su formación al alero de una escuela intelectual encabezada en Chile por el profesor Eduardo Soto Kloss – implica que durante el transcurso de los últimos veinte años, el Derecho Administrativo, y en especial su vertiente económica, se ha asentado en su concepción más propia, esto es, como un conjunto de principios y normas que regula y estructura la labor del Estado al servicio de la persona humana. Ha desaparecido entonces la antigua concepción que, acorde con el modelo económico de cuatro décadas atrás, promovía un verdadero “estado centrismo” institucional. En segundo lugar, llama la atención favorablemente que se haya llegado a un consenso en torno a un Contralor que posee una amplia experiencia en materias regulatorias, algunas vinculadas con mercados específicos y especialmente con materias ambientales. Por ejemplo, el creciente tráfico de proyectos inmobiliarios y viales que afectan los diseños y planificaciones urbanas generan efectos ambientales, y ante ello, un Contralor con formación y expertise en la materia tendrá mucho que aportar. Del mismo modo, la dispersión normativa que caracteriza a la regulación económica sectorial impone a Contraloría, en los casos en que la ley se lo exija, una visión moderna y coherente con el ejercicio de las libertades económicas, pero también con el control de costos sociales que esa regulación implique. Así, si se quiere realmente implementar una modernización efectiva del organismo fiscalizador, entonces es una buena noticia que, al menos en el nombramiento de la autoridad, se haya considerado la vinculación práctica y conceptual del ejercicio del moderno Derecho Administrativo con la Regulación Económica. En el plano real, esta regulación aparece como una solución intermedia entre el mercado y el Estado, pero “por voluntad de hombres en especial”, como dice Kahn. De ahí entonces que los desafíos del nuevo Contralor se centraran no sólo en el control legal, sino que además en la implementación de una agenda de transparencia que garantice eficazmente la observancia de criterios de probidad y ética pública. En tercer lugar, si bien no puede considerarse esta asunción de funciones como el inicio de una nueva etapa de tecnocracia administrativa, que incline la balanza hacia un criterio mas favorable a los actores de mercado, no cabe duda alguna que nombramientos como, por ejemplo, los de Ramiro Mendoza en Contraloría y de Ricardo Escobar en el Servicio de Impuestos Internos, constituyen una señal importante de tecnificación de funciones y adecuación de servicios fiscalizadores al actual escenario regulatorio nacional y al funcionamiento real de los mercados.
Resta ahora que el impulso modernizador y de tecnificación que se aprecia en esta designación se aplique a la función jurisdiccional. Aun cuando el nuevo Contralor ha expresado su cuestionamiento a la existencia de jueces con una excesiva formación técnica y en algunos casos económica, que pueda conspirar contra el sentido de justicia, es indudable que una adecuada garantía de defensa para los regulados se funda en una administración de justicia que comprenda efectivamente algunos fenómenos económicos especializados. De otro modo, los costos de una implementación regulatoria deficiente son siempre asumidos por los ciudadanos.

Me alegro!
Comment by Marta Salazar — June 19, 2007 @ 2:21 pm